Ricardo skerrett

“Hiring an attorney is a very important decision that should not be based on advertisements. Before making a decision call the attorney to obtain free information about his/her qualifications and experience.”

(239)936-0800 Office

239-699-6446 Mobile

239-689-5023 Fax

 

To contact Us By Mail or Phone:

NEWSPRESS

Attorney Ricardo Skerrett

has been an immigration practitioner in the Southwest Florida

area since 2001. He is a member of the American Immigration Lawyers Association Read more...

ATTORNEY-AT-LAW

IMMIGRATION PRACTITIONER

 

 

Copyright 2009

 

 

LAS CONSECUENCIAS MIGRATORIAS DE UNA CONVICCION CRIMINAL

 

 

POR: Ricardo Skerrett

          Miembro, Asociación Americana de Abogados de inmigración

          www.ricardoskerrettimmigration.com

 

                 Las redadas e intervenciones del Servicio de Inmigración (“ICE”)  han generado muchas interrogantes sobre las consecuencias migratorias de una convicción criminal.

                                  Las consecuencias de una convicción criminal para propósitos de inmigración pueden tener consecuencias graves. Históricamente, el gobierno federal se ha esforzado y ha aprobado legislación para limitar y excluir la admisión y residencia de convictos criminales y “extranjeros peligrosos.” La legislación aprobada en el 1996 aumentó el número y el tipo de convicciones criminales que hacen a un extranjero deportable o inadmisible. Dicha legislación tipifica los DGA (delitos graves agravados) y aplica retroactivamente a ofensas cometidas hace décadas (incluyendo algunos crímenes considerados como menos graves) irrespectivamente de la fecha en que se cometieron las mismas.

                 Respecto a las acusaciones relacionadas con las plantas Pilgrim, la convicción por cualquier delito que conlleve una pena de reclusión de 1 año o más, irrespectivamente de la sentencia y el tiempo de reclusión, haría a la persona deportable por tratarse de un DGA.                    

                   Las clasificaciones de delitos que conllevan deportación son:

Convicciones múltiples de dos o más ofensas irrespectivamente de que las convicciones ocurrieran como resultado de uno o más juicios e irrespectivamente de que fueran o no parte de un mismo curso de acción para la cual la pena de reclusión agregada son cinco años y no importando la fecha de comisión de los mismos.

Delitos graves agravados que conlleven pena de reclusión de uno o más años. Se consideran delitos graves agravados: asesinato; violación o abuso sexual de un menor; tráfico ilícito de sustancias controladas; tráfico ilícito de armas o explosivos; lavado de dinero proveniente de actividades ilegales en una cantidad que exceda $10,000; violaciones a las leyes de armas y explosivos; crímenes de violencia que conlleven pena de reclusión de un año; y,  ofensas de robo o hurto, incluyendo recibo de mercancía robada, que conlleven pena de reclusión de por lo menos un año. También se consideran delitos graves agravados ciertas ofensas de extorsión, pornografía de menores, esquema de actividades ilegales (RICO), mantener o controlar negocios de prostitución o transportación con el propósito de prostitución, al igual que ofensas de esclavitud y/o servitud involuntaria. Otros delitos graves agravados son: fraude que envuelve una pérdida mayor de $10,000; evasión contributiva de más de $10,000; sabotaje, espionaje y traición contra el gobierno; tráfico de indocumentados; falsificación de pasaportes o de números de identificación de vehículos; y, obstrucción a la justicia, perjurio o soborno de testigos. Esta lista no es taxativa. Cualquier delito estatal o federal que conlleve pena de reclusión de un año o más irrespectivamente de la fecha de comisión podría ser un delito grave agravado bajo las leyes de inmigración. Por eso es importante que los extranjeros consulten con un abogado antes de declararse culpable de un delito en las cortes estatales o federales.

Violaciones a las leyes de sustancias controladas. Una persona es deportable si tiene una convicción por sustancias controladas según discutimos anteriormente, o por una convicción de distribución, o como una convicción de drogas como delito grave agravado según antes discutido, o como adicto a drogas. La mera posesión de crack se considera un delito grave agravado. Las ventas menores de marihuana (menos de 30 gramos) clasificadas como menos grave (“misdemeanors”) no se consideran distribución y por lo tanto no son delitos graves agravados. La mera posesión de sustancias controladas no es un delito que conlleve depravación moral, pero si es una convicción de posesión clasificado como grave bajo las leyes federales se consideraría un delito grave agravado con el mismo resultado: hacer a la persona inadmisible y deportable.

Crímenes que conllevan depravación moral (“crimes of moral turpitude” o “CMT”) o conspiración para cometer un CMT. Estos delitos los discutiremos en nuestro próximo artículo.

El propósito expreso de las leyes de inmigración es limitar y excluir la admisión y residencia de convictos criminales y “extranjeros peligrosos.” La ley por lo tanto es muy estricta y no deja mucho espacio para maniobrar. Es un área muy técnica y los extranjeros deben obtener asesoramiento legal cuando se enfrenten aun asunto de índole criminal que pudiera conllevar consecuencias migratorias.

 

 

[Ricardo Skerrett es abogado de inmigración. Visite su página de Internet www.ricardoskerrettimmigration.com o llame para una consulta inicial gratuita al 239-936-0800.]