LA INICIATIVA PARA ABOLIR LA CIUDADANIA AMERICANA POR
NACIMIENTO ES INCONSTITUCIONAL
POR: Ricardo Skerrett
Miembro, Asociación Americana de
Abogados de Inmigración
www.ricardoskerrettimmigration.com
Este pasado 5 de enero el Representante federal King (Republicano-Iowa)
introdujo un proyecto de ley (“Birthright Citizenship Act”, H.R. 140) que
pretende abolir la ciudadanía americana por nacimiento en territorio americano.
Esta iniciativa es inconstitucional y requeriría una enmienda constitucional
eliminando la enmienda decimocuarta de la Constitución federal. Esta enmienda,
la cual establece el marco para la protección de los derechos civiles en este
país, estipula que todas las personas nacidas en EE.UU. son ciudadanos
americanos irrespectivamente de la ciudadanía de los padres. Desde que esta
enmienda fue aprobada a raíz de la Guerra Civil el Tribunal Supremo de los
EE.UU. ha reafirmado consistentemente este derecho constitucional.
La constitución americana únicamente puede ser enmendada por el consenso de tres
cuartas partes de las legislaturas estatales y la aprobación de la cámara y el
senado federal. Es un proceso que toma años y la última vez que se trató de
enmendar la constitución para incluir la propuesta enmienda de paridad entre los
sexos (‘Equal Rights Amendment’) el proceso resultó infructuoso.
A diferencia de los países civilistas cuyos ordenamientos jurídicos provienen
del derecho romano y el código napoleónico (la mayoría de los países de Europa y
Sur América), el ordenamiento jurídico de EE.UU. tiene sus raíces en el derecho
anglo sajón. Mientras que los países civilistas siguen la ley de la sangre (la
descendencia determina la ciudadanía y nacionalidad de la persona), los países
de tradición anglo sajona, incluyendo EE.UU., siguen la ley del territorio: el
sitio de nacimiento determina la nacionalidad y ciudadanía de la persona
irrespectivamente de la sangre o nacionalidad de los padres. Este concepto está
recogido en la decimocuarta enmienda, y una propuesta cuyo propósito es
claramente racista y anti inmigrante no va a echar al traste una tradición de
derecho tan arraigada históricamente en el ordenamiento jurídico de este país.
Algunas personas son ciudadanos por concepto de nacimiento o por ley, otros
advienen a ser ciudadanos a través del proceso legal conocido como
naturalización. Por ejemplo, toda persona que nazca en el exterior pero que
ambos padres sean ciudadanos es ciudadana por concepto de nacimiento. Otras
personas advienen a ser ciudadanos por ley, como los niños que automáticamente
se consideran ciudadanos cuando sus padres se naturalizan. Otras personas pueden
obtener la ciudadanía a través del proceso de naturalización, el cual requiere
que se presente una solicitud a esos efectos y que se cumplan con ciertos
requisitos estatutarios. Por nacimiento, al amparo de la enmienda 14 de la
constitución americana todas las personas nacidas en EE.UU. son ciudadanos. Esto
incluye todos los estados de la unión, Puerto Rico, Guam y las Islas
Vírgenes americanas. Para los que nacen en el exterior, como dijimos
anteriormente, si ambos padres son ciudadanos. Si uno sólo de los padres es
ciudadano, depende de cual padre y si el nacimiento ocurre dentro o fuera de
matrimonio. Los ciudadanos que nacen en el extranjero se tienen que registrar en
el consulado americano correspondiente en el exterior.
A medida que grupos restriccionistas y legisladores intenten abolir la el
derecho constitucional a la ciudadanía americana en las legislaturas estatales y
en el Congreso, es importante recordar que esto es impractico, es un proceso
sumamente costos, no va a detener la inmigración ilegal, y, de mayor
importancia, es inconstitucional.
[Ricardo Skerrett es abogado de inmigración. Visite su página
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